sábado, 31 de octubre de 2015

TRABAJADORES DEL IMMS ENTERENSE DE PENSIONES Y JUBILACIONES


Régimen de pensiones del IMSS

Es radical el cambio en el sistema de pensiones que sufrió el IMSS a partir del 1° de julio de 1997,de aproximadamente 10 años de trabajo que se exigían anteriormente, actualmente se exigen aproximadamente 25 años de trabajo para ser acreedor a una pensión por cesantía o vejez


Las desventajas para las nuevas generaciones del régimen de pensiones del IMSS


En esta edición, abordaremos el tema relacionado con el régimen de pensiones de seguridad social que otorga el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), y surge la duda ¿qué régimen debo elegir? , ¿puedo elegir régimen?- El objeto de este artículo es que estas breves líneas sirvan de orientación a quienes se encuentren en este supuesto y como apoyo para una planeación a las futuras generaciones para el momento en que lleguen a la edad de pensionarse.

Régimen de pensiones entre el año 1973 y 1997.

En el llamado régimen de 1973 están todas las personas que estuvieron cotizando al Instituto Mexicano del Seguro Social hasta el 1° de Julio de 1997; y en el régimen de 1997, todos los trabajadores que ingresaron al Sistema de Ahorro para el Retiro (SAR) desde el 1° de Julio de 1997 y hasta el día de hoy.
Está también el caso de los trabajadores que cotizaron en ambos regímenes, por lo que al momento de su retiro, el IMSS les dará a elegir entre un régimen y otro.
Régimen 1973.
Para pensionarse bajo este régimen, se requiere tener por lo menos 500 (quinientas) semanas de cotización, tener 60 años para recibir una pensión por Cesantía en Edad Avanzada y así recibir el 75% (setenta y cinco por ciento) del salario base de cotización de los últimos cinco años laborados. Para elevar el porcentaje al 80% se requieren 61 años, al 85% 62 años, 90% 63 años, 95% 64 años y el 100% 65 años en donde ya la pensión otorgada es de Vejez.
Para la Solicitud de dicha pensión se requiere que el asegurado se encuentre en conservación de derechos, es decir el trabajador deberá estar cotizando o vigente al momento de cumplir con la edad correspondiente, y de haber dejado de pertenecer al régimen obligatorio se conservarán los derechos adquiridos por un periodo igual a la cuarta parte del tiempo cubierto, si la interrupción del pago de cotización no fuese mayor a tres años se le reconocerán al trabajador  al momento de la inscripción todas sus cotizaciones. Si la interrupción excediera de tres años pero no de seis se le reconocerán todas las cotizaciones anteriores cuando a partir de su reingreso haya cubierto un mínimo de 26 semanas. Ahora bien, si el reingreso ocurre después de seis años de interrupción, las cotizaciones anteriormente cubiertas se acreditarán al reunir 52 semanas reconocidas en su nuevo aseguramiento.
En el régimen de pensiones de 1973, las pensiones son pagadas por el Instituto Mexicano del Seguro Social y al momento de obtenerla, el trabajador podrá retirar de su AFORE el saldo de la subcuenta del SAR-92, Retiro y Vivienda, así como Retiro 97 y Vivienda 97.
Régimen 1997.
Por lo que respecta al régimen de pensiones de 1997 o el llamado “nuevo régimen de pensiones del IMSS” la Nueva Ley del Seguro Social exige por lo menos 1250 (mil doscientas cincuenta) semanas de cotización, tener de 60 a 64 años de edad para obtener la pensión por Cesantía en Edad Avanzada y 65 años para obtener la pensión de Vejez.
En este régimen, los recursos que recibe el trabajador al momento de pensionarse son los que ha acumulado en su cuenta individual de ahorro para el retiro que administran las AFORES.
A diferencia de los trabajadores que se encuentran en el régimen de pensiones de 1973 en donde es el IMSS quien paga las pensiones, los trabajadores que se encuentran en el régimen 1997, el IMSS únicamente indicará el tipo de pensión que aplica al trabajador, el cual puede ser:Renta Vitalicia, Retiro Programado o Pensión Mínima Garantizada. En la Renta Vitalicia el trabajador contrata con una aseguradora y se paga un monto mensual al pensionado de manera vitalicia; en el Retiro Programado se contrata directamente con una AFORE, se fracciona el monto total de los recursos de la cuenta individual del trabajador tomando en cuenta su esperanza de vida, generalmente es un monto mayor al de la Renta Vitalicia, por lo que se deberá tener recursos suficientes en la cuenta individual para poder contratarlo.
La Pensión Mínima Garantizada, aplica cuando el trabajador tiene derecho a una pensión, pero los recursos acumulados en la AFORE no son suficientes para contratar Renta Vitalicia o Retiros Programados, entonces el IMSS señalará al trabajador que tiene el derecho a contar con una Pensión Mínima Garantizada que es el equivalente a un salario mínimo general vigente en el Distrito Federal, en este supuesto los recursos acumulados en la cuenta individual del trabajador se utilizarán para el pago de la pensión mínima garantizada y cuando éstos se agoten será el IMSS quien continuará pagando la pensión al trabajador.
Como podemos observar, es radical el cambio en el sistema de pensiones que sufrió el IMSS a partir del 1° de julio de 1997, puesto que en el régimen anterior la obligación de pago recaía exclusivamente en el IMSS siempre y cuando el trabajador cumpliera con el número de cotizaciones requeridas (500), edad y vigencia, siendo que el monto de la misma dependía solamente del promedio de las últimas 250 semanas de cotización, es decir los últimos cinco años de trabajo siendo que los años anteriores fortalecen la pensión otorgada siempre que se rebasen las primeras 500 semanas cotizadas.

Régimen de pensiones para las nuevas generaciones


Sin embargo para las “nuevas generaciones” es decir todos aquellos que se incorporaron al régimen de seguridad social del IMSS a partir del 1° de julio de 1997, el obtener una pensión al cumplir 60 años y que ésta además sea suficiente para cubrir sus necesidades, se vuelve algo realmente complicado, pues será el trabajador quien garantice su propia pensión, dependiendo del ahorro acumulado en el sistema de ahorro para el retiro, aunado a que se exigen 1250 semanas cotizadas. Estamos hablando que de aproximadamente 10 años de trabajo que se exigían anteriormente, actualmente se exigen aproximadamente 25 años de trabajo para ser acreedor a una pensión por cesantía o vejez.
En conclusión, hagamos cuentas y planeemos nuestra vejez desde hoy, para que llegando el momento contemos con los medios económicos para vivir tranquilamente nuestros últimos años.

sábado, 24 de octubre de 2015



LO QUE LA BASE TRABAJADORA DE NUESTRO PAÍS DEBE SABER!!!!

DONDE ESTÁN LAS FALLAS??
ENTÉRATE!! Y COMUNICA !!!

La transición del sistema mexicano de pensiones hacia un sistema de cuentas individuales de contribución definida ha aumentado su sostenibilidad financiera, afirma un estudio de la OCDE


México, DF a 15 de octubre de 2015
Las reformas al Sistema de Pensiones de México, particularmente la introducción de un sistema de cuentas individuales de contribución definida, han mejorado significativamente su sostenibilidad financiera. Estas reformas han incluido a trabajadores del sector privado asegurados por el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), a empleados del gobierno federal asegurados por el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) y a algunas otras agencias gubernamentales. Según el nuevo informe de la OCDE sobre el Sistema de Pensiones de México, un desafío pendiente consiste en armonizar gradualmente las reglas de todos los planes de pensiones – del gobierno federal, de los gobiernos locales y de las universidades, entre otros - con el objetivo de eventualmente establecer un sistema de pensiones realmente nacional y equivalente para todos los mexicanos.

De acuerdo con el estudio, a finales del 2014 el sistema mexicano de pensiones disponía de activos avalando las pensiones por un valor aproximado del 14.1% del PIB. En tan sólo 17 años, México se ubicó en el rango medio de la OCDE. El Secretario General de la OCDE, Angel Gurría, también aseguró durante el lanzamiento del reporte en la Ciudad de México que “en materia institucional, de acuerdo con las prácticas comunes en los países de la OCDE, la regulación y supervisión del sistema por parte de la CONSAR ha funcionado correctamente, lo cual ha hecho posible que el sistema de pensiones de México sea más eficiente y se convierta en una herramienta para promover la inclusión y el bienestar.” (Lee el discurso del SG Angel Gurría).

Sin embargo, los retos persisten y por ello es necesario seguir haciendo mejoras para garantizar la supervivencia del sistema en el largo plazo. En este sentido, Gurría comentó que “el nuevo sistema de contribución definida sólo tendrá éxito si se incrementan las contribuciones obligatorias y se introduce un mecanismo de pro-rata para allanar la transición del “viejo” sistema de beneficio definido al “nuevo” sistema de contribución definida.” 
Asimismo, será importante aumentar las contribuciones al sistema, ya que las actuales son relativamente bajas para poder garantizar un nivel de ingreso de más del 50% del último salario de los trabajadores. 

Respecto de la protección para los adultos mayores, también existen importantes desafíos por delante. La tasa de pobreza entre los adultos mayores en México, quienes representan más de 30% de la población de este grupo de edad, es la segunda más alta de la OCDE, después de Corea. Para superar esta situación, el estudio propone aumentar el nivel de asistencia a la vejez y destaca la importancia de mejorar la integración entre el nivel asistencial, es decir las pensiones para adultos mayores, y la pensión mínima garantizada.

El estudio también pone énfasis en el nivel de restricción del actual régimen de inversión (las SIEFORE). Por el momento, los trabajadores tienen opciones muy limitadas en el sistema de multifondos. A pesar de un aumento en la diversificación, los fondos de pensiones de México siguen demasiado concentrados en deuda, en contraste con otros países de la OCDE.

Respecto de las AFORES, el estudio menciona que se podría fomentar aún más la competencia entre las Administradoras de Fondos para el Retiro (AFORES). Si bien las tasas cobradas por AFORE en México han disminuido en más de 70 puntos básicos en la última década, los niveles siguen siendo altos en un contexto internacional.