lunes, 7 de diciembre de 2015

LEAN A RATAS EN ACCIÓN!!! SE DARAN CUENTA DE LOS MILLONARIOS ROBOS!!

A partir de enero no podrán hacer 6 estudios de laboratorio; equipos y reactivos, descontinuados
Issste asigna contratos a Diproquisa pese a deficiencias; 57 clínicas pagarán el costo

Angeles Cruz Martínez
 
Periódico La Jornada
Lunes 7 de diciembre de 2015, p. 45
Más de 50 clínicas familiares del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (Issste) quedarán sin insumos para realizar seis pruebas de laboratorio a partir de enero. Los equipos y reactivos con los que la institución ha trabajado en la última década están descontinuados.
La empresa fabricante desde 2012 informó que a pesar de ello, funcionarios del instituto asignaron los contratos al mismo distribuidor durante este periodo, con costo 34 por ciento más caro respecto de las ofertas de otros proveedores.
Además del sobreprecio que ha pagado el Issste a la empresa Diproquisa –sobre todo en los años recientes, cuando aumentó el número de concursantes–, en 2015 le asignó los contratos en forma directa, es decir, sin licitación, contra lo que estipula la Ley de Adquisiciones, denunciaron algunos posibles proveedores.
Este mecanismo de asignar contratos de modo directo es una de las anomalías señaladas hace dos años por la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económico (OCDE) en el análisis que realizó sobre los procedimientos administrativos del Issste.
En aquel entonces el organismo internacional resaltó que los contratos directos no garantizaban que el instituto obtuviera las mejores condiciones de compra y en cambio le perjudicaba económicamente. Según la denuncia de empresarios, esta práctica persiste en el Issste.
En 2014 sí hubo licitación, pero el organismo pagó 968.50 pesos por cada estudio clínico que se realiza mediante el método de laminillas química seca. En tanto, los competidores ofrecieron el mismo servicio en alrededor de 600 pesos, pero con diversos argumentos, la mayoría de veces sin sustento, han sido descalificados, dijeron los afectados,
El problema inmediato que enfrentan 57 clínicas familiares de 25 delegaciones del instituto en el país, donde opera el programa a cargo de la Dirección Médica del Issste, es que se quedarán sin reactivos para el procesamiento de los análisis de glucosa, colesterol, triglicéridos, ácido úrico, creatinina y urea porque se realizan en sistemas de química clínica Vitros DT60 II. Desde junio de 2012, el fabricante Ortho Clinical Diagnostics notificó a sus distribuidores que a partir de ese año ya no se venderían estos equipos.
En enero de 2014, también informó que el servicio, refacciones y servicio para estos equipos finalizaría el 31 de diciembre de 2015. La Jornadatiene copia de ambos documentos y solicitó al Issste información sobre este asunto, pero no hubo respuesta.
Sobre los reactivos, Ortho Clinical Diagnostics indicó a los distribuidores que habría para ese año y hasta agotar todo el inventario. Aun así, el Issste asignó los contratos a Diproquisa en 2015.
Las consecuencias las pagarán los derechohabientes a partir de enero, pues no habrá los insumos para las pruebas clínicas y la licitación para el abasto de 2016 apenas se prepara, según la información de proveedores que, sin éxito, han denunciado las irregularidades.
No hay licitaciones
Los inconformes aseguraron que el área médica del Issste ha pasado por alto las deficiencias de Diproquisa y lo que es peor –dijeron– es que hay la intención de permitirle cambiar los viejos equipos por nueva tecnología en las siguientes semanas, lo que es ilegal si no hay contrato de por medio. Confiaron en que con el cambio de funcionarios que hubo recientemente en el área administrativa se terminen las anomalías.
Señalaron que el instituto realizó en septiembre pasado un estudio de mercado que servirá de base para la licitación de 2016, pero no pidió información a las empresas que podrían proporcionar el servicio al Issste para clínicas que, en promedio, atienden alrededor de 30 derechohabientes al día.
Según información extraoficial, para que Diproquisa pueda hacer el cambio por equipos nuevos de mayor tamaño se requerirán de obras de remodelación en las clínicas, lo cual también estaría fuera del marco legal.


sábado, 5 de diciembre de 2015

!!!QUE TAL DE MIS GOYAS, GOOOYYAASS,,,,,TRABAJANDO EN EQUIPO!!!! (especial a toda la banda puma y mi raza) MUY BIEN E,,,,M BIEN !!!FELICIDADES!!!!

Universitarios mexicanos brillan en Boston con bacteria antidiabetes 

Estudiantes de la UNAM ganaron el segundo lugar en el concurso de biología sintética realizado en Boston, iGEM, con el desarrollo de una bacteria que produce insulina y censa la glucosa. 
Notimex
 04.12.2015 Última actualización 04.12.2015
pumas
El equipo está conformadopor estudiantes de las facultades de Medicina, Química, Ciencias e Ingeniería, así como del Centro de Ciencias Genómicas. (Foto tomada de UNAM)
Con el diseño de una opción para tratar la diabetes mellitus tipo 1, un equipo interdisciplinario de la Universidad Nacional Autónoma de México obtuvo la medalla de plata en el concurso de biología sintéticaInternational Genetically Engineered Machine (iGEM).

El proyecto fue desarrollado de abril a septiembre y consistió en diseñar una bacteria que pudiera censar glucosa y producir insulina mientras estaba en un dispositivo subcutáneo.

El equipo UNAM-CU que participó en el concurso de biología sintética realizado en Boston estuvo conformado por estudiantes de las facultades de Medicina, Química, Ciencias e Ingeniería, así como del Centro de Ciencias Genómicas.

Además de la presea, obtuvieron la promoción del interés social en la labor de los alumnos; el diseño y caracterización de dos nuevas biopartes para registro, y un convenio de colaboración con la organización AIESEC para futuros proyectos en el área de divulgación.

El proyecto fue desarrollado de abril a septiembre en distintas instancias como el Instituto de Investigaciones en Matemáticas Aplicadas y en Sistemas, bajo la tutela de Pablo Padilla para el modelado del comportamiento bacteriano, informó Alejandro Guzmán Vendrell, alumno de la FC.

La UNAM destacó en un comunicado que con estos resultados se reanuda el interés de la comunidad universitaria en la biología sintética como campo de trabajo multidisciplinario, por lo que se podría formar un equipo oficial en esa materia que buscaría participar en otros concursos del área médico-biológica.

Los desarrolladores del proyecto valoraron la experiencia que obtuvieron al trabajar en un equipo interdisciplinario, donde tuvieron la oportunidad de integrar sus conocimientos y aplicarlos a un circuito de biología sintética.

!!!!EN VERDAD DE PURO HUELUM!!! A TO-2 LOS BURROS (especialmente a mi burrita) !!MUCHAS FELICIDADES!!!!


 
UNIVERSIDADES

Politécnicos triunfan en RoboChallenge 2015

Robots creados por alumnos del Instituto Politécnico Nacional obtuvieron preseas de oro, plata y bronce en microsumo y un tercer lugar en la categoría de minisumo, durante el RoboChallenge 2015, celebrado en la Universidad Politécnic de Bucarest, en Rumania IPN
Estudiantes de la ‪#‎UPIITA‬ del ‪#‎IPN‬ ganaron medallas de oro, plata y bronce durante el 8° Concurso Internacional de Robótica RoboChallenge 2015, celebrado en la Universidad Politécnica de Bucarest, Rumania. (Tomada de www.facebook.com/ipn.mx)
Estudiantes de la ‪UPIITA‬ ganaron medallas de oro, plata y bronce durante el 8° Concurso Internacional de Robótica RoboChallenge 2015, celebrado en la Universidad Politécnica de Bucarest, Rumania. (Tomada de www.facebook.com/ipn.mx)
Estudiantes del Instituto Politécnico Nacional (IPN) obtuvieron cuatro medallas en el Octavo Concurso Internacional de Robótica RoboChallenge 2015, celebrado en la Universidad Politécnica de Bucarest, en Rumania.

Los alumnos politécnicos, cuyas creaciones destacaron entre casi 200 trabajos provenientes de países como Turquía, Bulgaria, Eslovaquia y Brasil, además del anfitrión, obtuvieron preseas de oro, plata y bronce en microsumo y un tercer lugar en la categoría de minisumo.

La casa de estudios informó en un comunicado que fueron reconocidos los robots Krieger Xibalba y Quetzalito de microsumo, y Robusto de minisumo, ensamblados y programados por los estudiantes Pedro Pérez Nicolás, Daniel Alcántara de la Cruz, y Missael Reyes Martínez.

También por Roberto Enrique Terán Chapul, Salvador Guzmán Martínez, Daniel Durán Sandoval y Jorge Fernando Delgado Contreras, todos de la Unidad Profesional Interdisciplinaria en Ingeniería y Tecnologías Avanzadas (UPIITA).

En su primera participación en dicha competición, los integrantes del Club de Minirrobótica también obtuvieron el sexto lugar en la categoría de seguidor de línea y el cuarto en la modalidad humanoide con el robot Dan Darwin, programado para rehabilitar a pacientes con músculos atrofiados y auxiliar a niños con autismo.

Los participantes atribuyeron su éxito a la observación de sus oponentes para la construcción y programación de los robots, y sobre todo al trabajo en equipo.

También expresaron su satisfacción por las horas extraclase que inviertieron para armar y programar sus robots, además de la experiencia que adquieren y que les será de gran utilidad en la creación de prototipos que contribuyan con el desarrollo del país.

Esta edición de RoboChallenge Bucarest, organizada por la Facultad de la Electrónica, Telecomunicaciones y Tecnología de la Información de la Universidad Politécnica de Bucarest, en colaboración con la Liga Estudiantil de Electrónica, pretende estimular el pensamiento de los estudiantes a través de la construcción de sus propios robots a partir de cero, con materiales y componentes de fácil obtención.

viernes, 4 de diciembre de 2015

DEJAREMOS QUE NOS SIGAN ROBANDO?? !!!!PARTICIPEMOS!!! COMUNICALO!!!REPÁRTELO!!CIRCULALO!!

Y SIGUEN!!!  Y SIGUEN!! 
La Comisión de Hacienda avaló ayer el proyecto presidencial con cambios mínimos
Postergan diputados la aprobación del dictamen para desaparecer Pensionissste
El pleno en San Lázaro lo votará el martes; el proceso legislativo concluiría en marzo o abril de 2016
Enrique Méndez y Roberto Garduño
 
Periódico La Jornada
Viernes 4 de diciembre de 2015, p. 18
Los diputados federales decidieron postergar la aprobación de la reforma a la ley del ISSSTE, por la cual desaparecerá Pensionissste, para el martes próximo. Por un acuerdo impulsado desde el PRI, se determinó dar ayer primera lectura al dictamen, mismo que no contempla modificaciones de fondo a la propuesta del presidente Peña Nieto.
Antes de la sesión plenaria de la víspera, durante la mañana, diputados federales del PRI, PAN, PRD, Morena y Movimiento Ciudadano se reunieron con dirigentes sindicales en busca de allanar las propuestas que se eleven en reservas al articulado del proyecto.
A la reunión acudieron los dirigentes sindicales de diversas organizaciones, quienes externaron sus inquietudes y propuestas en torno al dictamen que reformará la ley del instituto.
Ayer mismo, la Comisión de Hacienda en San Lázaro aprobó con el impulso del PRI, PAN, Partido Verde, Nueva Alianza y Encuentro Social el dictamen enviado en septiembre pasado por el Ejecutivo federal junto con el paquete económico para 2016.
Así se dio el primer paso del proceso aprobatorio que, se prevé, concluirá el primer tercio del año próximo, en pleno proceso electoral. Los diputados federales aprobarán el próximo martes el proyecto de dictamen; una vez resuelto este trámite se enviará a la colegisladora (el Senado) para que inicie el proceso de ratificación de la minuta.
Se espera que los senadores dictaminen entre los meses de marzo y abril de 2016 la propuesta presidencial, y una vez aprobada la regresen a la Cámara de Diputados para concluir los trámites legislativos.
Sobre el particular, el vicecoordinador de la bancada del PRI, José Carlos Ramírez Marín, adujo que el proyecto se ha estudiado y discutido desde hace un mes, y en él se incluyeron las observaciones presentadas por el PRD.
“En nuestra opinión, las observaciones están salvadas, y la Junta de Coordinación Política decidió que el texto se presente para su discusión y aprobación en el pleno cameral hasta el martes venidero.
No hay nada bajo la mesa en el dictamen del Pensionissste. Hemos recibido el apoyo de la FTSE. Es un dictamen muy sólido, que contiene las preocupaciones que podrían tener los trabajadores.
Ramírez Marín rechazó que los trabajadores del actual Pensionissste corran el peligro de perder sus plazas y garantizó que las acciones del organismo que sustituirá al Pensionissste pertenecerán al gobierno federal. También recordó que las comisiones que cobre la nueva Afore pública serán las más bajas del mercado, así como sus rendimientos, producto de los ahorros.
Para el coordinador del PAN en San Lázaro, Marko Cortés, el sentido de la votación de su partido serágarantizar que los trabajadores tengan una mejor pensión.
Refirió que, desde su punto de vista, los trabajadores que ahora tienen sus ahorros en el Pensionissste enfrentan condiciones adversas.
En sólo este año van ocho mil trabajadores que han decidido retirarse del Pensionissste. Nosotros hemos decidido darle viabilidad. La propuesta que venía del Ejecutivo ha sido modificada. Hemos logrado que la paraestatal sea pública y garantizado un mejor retiro. No hay ningún riesgo de privatización, sostuvo.
Jesús Zambrano, presidente de la mesa directiva, expuso que le parece que (el proyecto de dictamen) es un despojo, un atraco contra el dinero de los trabajadores y, si se mantienen las cosas de esta manera, mi voto será en contra. El riesgo es que no queden claras las cosas.

ATRÉVETE!! LAS LETRAS NO MUERDEN!!!NO LEÍSTE LA GACETA PARLAMENTARIA DEL 8 DE SEPTIEMBRE?? NO TE PREOCUPES!! AQUÍ ESTA SU CONTENIDO TEXTUALMENTE!!!


PÁGINA SOLIDARIA

En Solidaridad Publicamos Textualmente:

PRESENTAN INICIATIVA PARA ELIMINAR PENSIOISSSTE

Como parte del paquete económico 2016, se inserta veladamente una iniciativa para desmembrar al PENSIONISSSTE del Instituto de Seguridad Social al Servicio de los Trabajadores del Estado (ISSSTE). A la par de la pretensión de quitarle al Fondo de Vivienda del ISSSTE (Fovissste) y de ir privatizando sus servicios médicos en favor de las instituciones de seguros privados.
La repudiada nueva Ley del ISSSTE, se impuso, entre otros, con el pretexto de que se constituía una Afore pública (PENSIONISSSTE), con “un objetivo social no de lucro”, con seguridad y altos rendimientos para los ahorros de los trabajadores. Pero ahora proponen lo contrario.
El PENSIONISSSTE se transformaría con esta iniciativa en una empresa paraestatal (figura jurídica que facilita también su privatización bajo diversos esquemas).Paraestatal, cuyo capital constitutivo se tomaría de las reservas de PENSIONISSSTE, y del remanente de estas reservas la Secretaría de Hacienda (SHCP) dispondría con libertad (recordar los 20 mil millones que en el 2002, se saquearon de los ahorros de los trabajadores (SAR 92-97) para entregarlos al ejecutivo Federal, con la autorización del Congreso de la Unión).
Señalándose expresamente en la iniciativa que el gobierno federal no responderá de las obligaciones de esta paraestatal. Entrando así, los dineros de los trabajadores al servicio del estado, de manera plena, al inconstitucional, inseguro e inmoral círculo de la bolsa de valores.
Adicionalmente, los trabajadores que presten su trabajo al PENSIONISSSTE serían sujetos a un régimen laboral precario y “especial” decidido por la propia paraestatal de la mano de la SHCP. Todo lo dicho, para servir los mandatos del capital financiero internacional.
¡No a esta reforma, que golpea al ISSSTE, arranca derechos sociales y, dificulta aún más a los trabajadores la percepción de una pensión!

A continuación presentamos la Transcripción de la Iniciativa por el que se reforman y derogan diversas disposiciones de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estadoque recibió la Cámara de Diputados el 8 de Septiembre del 2015, junto con el paquete presupuestal para el 2016.

Año XVIII Palacio Legislativo de San Lázaro, martes 8 de septiembre de 2015

Iniciativa del Ejecutivo federal Con proyecto de decreto por el que se reforman y derogan diversas disposiciones de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado. Anexo 4.
DECRETO POR EL QUE SE REFORMAN Y DEROGAN DIVERSAS
DISPOSICIONES DE LA LEY DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS
SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO

ARTÍCULO ÚNICO.- Se REFORMAN los artículos 5; 6, fracción IV; 19, párrafo
cuarto; 54; 76, párrafo primero; 78, párrafos segundo y tercero; 79; 87, fracción 11;
91, fracción 11; 93, párrafo segundo; 95, párrafo segundo y su fracción I; 97; 98,
párrafos primero y segundo; 102 Bis, párrafos primero, tercero y cuarto; 146; 192;
220, fracciones XVIII y XIX, así como los Transitorios Vigésimo Segundo y
Cuadragésimo Séptimo y se DEROGAN la fracción XX del artículo 6; la Sección VIII
del Capítulo VI del Título Segundo denominada "Del PENSIONISSSTE", que
comprende los artículos 103 al 113; la fracción IV del artículo 209; la fracción XVII
del artículo 214, así como el Transitorio Décimo Primero, todos de la Ley del Instituto
de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, para quedar
como sigue:
"Artículo 5. La administración de los seguros, prestaciones y servicios establecidos
en el presente ordenamiento, así como la del Fondo de la Vivienda, estarán a cargo
del organismo descentralizado con personalidad jurídica y patrimonio propios,
denominado Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del
Estado, con domicilio en la Ciudad de México, Distrito Federal, que tiene como
objeto contribuir al bienestar de los Trabajadores, Pensionados y Familiares
Derechohabientes, en los términos, condiciones y modalidades previstos en esta
Ley.
Artículo 6 . ...
l. a 111. ...
IV. Cuenta Individual, aquélla que se abrirá para cada Trabajador en una
Administradora, para que se depositen en la misma las Cuotas y
Aportaciones de las Subcuentas de retiro, cesantía en edad avanzada y
vejez, de ahorro solidario, de aportaciones complementarias de retiro, de
aportaciones voluntarias y de ahorro de largo plazo, y se registren las
correspondientes al Fondo de la Vivienda, así como los respectivos
rendimientos de éstas y los demás recursos que puedan ser aportados a las
mismas;
V. a XIX . ...
XX. Derogada.
XXI. a XXIX . ...
Artículo 19 . ...
l. a V ....
Por lo que se refiere a las fracciones 111, IV y V de este artículo, las Dependencias
y Entidades, al efectuar la liquidación por sueldos dejados de percibir, o por salarios
caídos, deberán retener al Trabajador las Cuotas correspondientes y hacer lo propio
respecto de sus Aportaciones, enterando ambas al Instituto y, por lo que se refiere
al seguro de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez, a la Administradora que
opere la Cuenta Individual del Trabajador.
Artículo 54. El Trabajador o sus Familiares Derechohabientes que adquieran el
derecho a disfrutar de una Pensión proveniente de algún plan establecido por su
Dependencia o Entidad, que haya sido autorizado y registrado por la Comisión
Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro, debiendo cumplir los requisitos
establecidos por ésta, tendrá derecho a que la Administradora que opere su Cuenta
Individual, le entregue los recursos que la integran antes de cumplir las edades y
tiempo de cotización establecidas en el Capítulo VI de esta Ley, situándolos en la
entidad financiera que el Trabajador designe, a fin de adquirir una Renta vitalicia o
bien entregándoselos en una sola exhibición, cuando la Pensión de que disfrute sea
mayor al menos en un treinta por ciento a la Garantizada.
Artículo 76. Para efectos del seguro a que se refiere este Capítulo, es derecho de
todo Trabajador contar con una Cuenta Individual operada por una Administradora
que elija libremente. La Cuenta Individual se integrará por las Subcuentas: de retiro,
cesantía en edad avanzada y vejez, del Fondo de la Vivienda, de ahorro solidario,
de aportaciones complementarias de retiro, de aportaciones vo luntarias y de ahorro
a largo plazo.
Artículo 78 . ...
En caso de fallecimiento del Trabajador, si los beneficiarios a que se refiere el
párrafo anterior ya no tienen derecho a Pensión por el seguro de invalidez y vida, la
Administradora respectiva entregará el saldo de la Cuenta Individual en partes
iguales a los beneficiarios legales que haya registrado el Trabajador en el Instituto.
El Trabajador deberá designar beneficiarios sustitutos de los señalados en el
párrafo anterior, única y exclusivamente para el caso de que llegaren a faltar los
beneficiarios legales. El Trabajador podrá en cualquier tiempo cambiar la
designación de los beneficiarios sustitutos. Dicha designación deberá realizarla en
la Administradora que le opere su Cuenta Individual.
Artículo 79. Los Pensionados por retiro, cesantía en edad avanzada o de vejez,
que reingresen al régimen obligatorio abrirán una nueva Cuenta Individual en la
Administradora que elijan. Una vez al año, en el mismo mes calendario en el que
adquirió el derecho a la Pensión, podrá el Trabajador transferir a la Aseguradora o
a la Administradora que le estuviera pagando su Pensión, el saldo acumulado de su
Cuenta Individual, conviniendo el incremento en la Renta vita licia o Retiros
Programados que se le esté cubriendo.
Artículo 87 . ...
l. ...
11. Mantener el saldo de su Cuenta Individual en una Administradora y efectuar
con cargo a dicho saldo, Retiros Programados.
Artículo 91 . ...
l. ...
11. Mantener el saldo de su Cuenta Individual en una Administradora y efectuar
con cargo a dicho saldo, Retiros Programados.
Artículo 93 . ...
En estos casos, la Administradora continuará con la administración de la Cuenta
Individual del Pensionado y se efectuarán retiros con cargo al saldo acumulado para
el pago de la Pensión Garantizada, en los términos que determine la Comisión
Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro.
Artículo 95 . . ..
En caso de optar por la contratación de Rentas, los Familiares Derechohabientes
del Pensionado fallecido y el Instituto, cuando tuviere conocimiento de este hecho,
deberán informar del fallecimiento a la Administradora que, en su caso, estuviere
pagando la Pensión, y observarse lo siguiente:
l. La Administradora deberá entregar al Instituto los recursos que hubiere en la
Cuenta Individual del Pensionado fallecido, los cuales se destinarán al pago
del Monto Constitutivo de la Renta de los Familiares Derechohabientes, y
11. ...

Artículo 97. A cada Trabajador se le abrirá una Cuenta Individual en una
Administradora conforme a lo dispuesto en la Ley de los Sistemas de Ahorro
para el Retiro y demás disposiciones jurídicas aplicables.
Artículo 98. Los Trabajadores no deberán tener más de una Cuenta Individual,
independientemente de que se encuentren sujetos a diversos regímenes de
seguridad social. Si tuvieren varias Cuentas Individuales deberán hacerlo del
conocimiento de la o las Administradoras en que se encuentren registrados, a efecto
de que las empresas operadoras de la Base de Datos Nacional SAR a que se refiere
la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro promuevan los procedimientos de
unificación o traspaso correspondientes que establezca la Comisión Nacional del
Sistema de Ahorro para el Retiro. Dichos procedimientos deberán prever que el
Trabajador deba elegir la Administradora en la que desea que su Cuenta
Individual permanezca.
Asimismo, cuando se encuentren abiertas en una misma Administradora varias
Cuentas Individuales de un mismo Trabajador, las empresas operadoras de la Base
de Datos Nacional SAR deberán unificar de oficio dichas Cuentas Individuales.
Artículo 102 Bis. Los Pensionados por invalidez y vida o por riesgos de trabajo, así
como aquellos que gocen de una Pensión por retiro, cesantía en edad avanzada o
vejez, podrán optar por que, con cargo a su Pensión, se cubran los créditos que les
hayan sido otorgados por las entidades financieras a que se refiere la Ley para la
Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros, siempre y cuando el
plazo para el pago del crédito no exceda de sesenta meses y que dichas
entidades financieras tengan celebrado, para efectos de este artículo, un convenio
con la Aseguradora o Administradora que les pague a dichos Pensionados.
La Comisión Nacional de los Sistemas de Ahorro para el Retiro y la Comisión
Nacional de Seguros y Fianzas, en el ámbito de sus respectivas competencias,

podrán emitir las reglas de carácter general que se requieran para la aplicación de
lo dispuesto en este artículo. Dichas reglas deberán prever la forma y términos en
que las entidades financieras señaladas en el primer párrafo ·de este artículo
deberán comunicar a las Aseguradoras y Administradoras con las que celebren los
convenios a que se refiere este precepto, las condiciones generales del crédito,
incluyendo el Costo Anual Total aplicable a los préstamos mencionados, con objeto
de que éstas, de forma clara, precisa y transparente los hagan del conocimiento de
los Pensionados, para fines de comparación sobre la elección de la entidad
financiera a la que le solicitaron el préstamo.
Los gastos que se generen con motivo del control, descuentos y entrega o
transferencia de los importes relativos a los préstamos otorgados por las entidades
financieras serán cubiertos por éstas a la Aseguradora o Administradora de que se
trate, en los términos que se estipulen en los convenios respectivos.
Artículo 103. Derogado.
Artículo 104. Derogado.
Artículo 105. Derogado.
Artículo 106. Derogado.
Artículo 107. Derogado.
Artículo 108. Derogado.
Artículo 109. Derogado.
Artículo 11 O. Derogado.
Artículo 111. Derogado.
Artículo 112. Derogado.
Sección VIII
Derogada

Artículo 113. Derogado.
Artículo 146. Los Trabajadores que tengan derecho a pensionarse bajo los
supuestos del seguro de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez previsto en esta
Ley y que, a su vez, coticen conforme al régimen de la Ley del Seguro Social, podrán
continuar cotizando bajo este último régimen, y una vez al año, en el mismo mes
calendario en el que adquirió el derecho a la Pensión, podrá el Pensionado transferir
a la Aseguradora que le estuviera pagando la Renta vitalicia o a la Administradora
que estuviere pagando sus Retiros Programados, el saldo acumulado de su Cuenta
Individual, conviniendo el incremento en su Pensión, o retirar dicho saldo en una
sola exhibición.
Artículo 192. Los recursos de la Subcuenta del Fondo de la Vivienda que no
hubiesen sido aplicados para otorgar créditos a favor de los Trabajadores de
acuerdo a lo dispuesto en esta Sección, serán transferidos a las Administradoras o
Aseguradoras para la contratación de la Pensión correspondiente o su entrega en
una sola exhibición, según proceda, en términos de lo dispuesto por esta Ley.
A efecto de lo anterior, el Instituto deberá transferir los recursos de la Subcuenta del
Fondo de la Vivienda a las Administradoras o Aseguradoras a más tardar el segundo
día hábil siguiente a que le sean requeridos.
Artículo 209 . ...
l. a 111. ...
IV. Derogada.
v . ...
Artículo 214 . ...
l. a XVI. ...
XVII. Derogada.
XVIII. a XX .. ..

Artículo 220 . ...
l. a XVII. ...
XVIII. Presidir las sesiones de la Comisión Ejecutiva del Fondo de la Vivienda,
facultad que podrá ser delegada en su Vocal Ejecutivo;
XIX. Proponer a la Junta Directiva el nombramiento del Vocal Ejecutivo del Fondo
de la Vivienda, y
XX . ...
DÉCIMO PRIMERO. Derogado.
VIGÉSIMO SEGUNDO. Los procedimientos para acreditar en las Cuentas
Individuales los Bonos de Pensión del ISSSTE y su traspaso a las Administradoras
se deberán sujetar a las disposiciones que emita la Comisión Nacional del Sistema
de Ahorro para el Retiro.
Las Administradoras deberán incorporar en los estados de cuenta que expidan a
los Trabajadores, el valor nominal de sus Bonos de Pensión del ISSSTE en
unidades de inversión y en pesos, así como el valor de pago anticipado de los Bonos
en unidades de inversión y en pesos, a la fecha de corte del estado de cuenta, de
conformidad con las disposiciones que emita al efecto la Comisión Nacional del
Sistema de Ahorro para el Retiro.
CUADRAGÉSIMO SÉPTIMO. El Instituto y el Fondo de la Vivienda estarán sujetos
a lo dispuesto en la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública
Gubernamental, así como a su Reglamento y demás disposiciones emitidas con
fundamento en dicha Ley."
TRANSITORIOS
PRIMERO.- El presente Decreto entrará en vigor el 1 de julio de 2016, sin perjuicio
de lo dispuesto en los transitorios siguientes.

SEGUNDO. El Ejecutivo Federal realizará las acciones necesarias para que, a más
tardar a la entrada en vigor del presente Decreto, se constituya e inicie operaciones,
una sociedad que funcione como administradora de fondos para el retiro en términos
de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro, demás disposiciones jurídicas
aplicables y, en su calidad de empresa de participación estatal mayoritaria, las
previsiones especiales siguientes:
l. El consejo de administración de la sociedad como empresa estatal estará
integrado por:
a) Cuatro representantes del Gobierno Federal que serán tres
representantes de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, uno de
los cuales será su presidente, y uno de la Secretaría del Trabajo y
Previsión Social;
b) Tres representantes nombrados por las organizaciones de
trabajadores al servicio del Estado. La Secretaría del Trabajo y
Previsión Social fijará las bases para determinar las organizaciones de
trabajadores que intervendrán en la designación de dichos
representantes, y
e) Seis consejeros independientes designados por el Ejecutivo Federal;
11. Todos los bienes, derechos y obligaciones, así como el presupuesto del
Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado,
que estén destinados a cumplir con las funciones del Fondo Nacional de
Pensiones de los Trabajadores al Servicio del Estado, corresponderán a la
sociedad que se creará en términos del presente transitorio.
No se considerará enajenación la transmisión de bienes, derechos y
obligaciones por virtud de lo dispuesto en el párrafo anterior. Dicha
transmisión no quedará gravada por impuesto federal alguno.
La transmisión de los bienes, derechos y obligaciones que se realice por
virtud de lo señalado en el primer párrafo de esta fracción no requerirá
formalizarse en escritura pública, por lo que las actas de entrega y recepción
que al efecto deberán suscribirse, harán las veces de título de propiedad o
traslativo de dominio, para todos los efectos jurídicos a que haya lugar,
incluida la inscripción en los registros públicos que corresponda.
Sin perjuicio de lo dispuesto en el primer párrafo de esta fracción, la
Secretaría de Hacienda y Crédito Público, con opinión de la Comisión
Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro, establecerá el monto de las
reservas del Fondo Nacional de Pensiones de los Trabajadores al Servicio
del Estado que será el capital constitutivo de la sociedad que se creará en
términos del presente transitorio. La Secretaría de Hacienda y Crédito Público
determinará el destino de los recursos remanentes de dichas reservas;
111. El personal que a la entrada en vigor del presente Decreto preste sus
servicios en el Fondo Nacional de Pensiones de los Trabajadores al Servicio
del Estado pasarán a ser trabajadores de la sociedad que se creará en
términos del presente transitorio, respetando en todo momento sus derechos
laborales conforme a la ley;
IV. La sociedad que se creará en términos del presente transitorio se subrogará
en todos los derechos y obligaciones que correspondan al Instituto de
Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado inherentes a
las funciones del Fondo Nacional de Pensiones de los Trabajadores al
Servicio del Estado y ejercerá las acciones, opondrá las excepciones y
defensas e interpondrá los recursos de cualquier naturaleza deducidos en los
procedimientos judiciales y administrativos en los que haya sido parte dicho
Fondo Nacional;
V. El Gobierno Federal no responderá por las obligaciones a cargo de la
sociedad que se creará en términos del presente transitorio, ni por cualquier
minusvalía en el valor de las sociedades de inversión especializadas en
fondos para el retiro que dicha sociedad administre y opere. Lo anterior
deberá especificarse en los documentos corporativos correspondientes;
VI. Los consejeros independientes del consejo de administración no serán
considerados servidores públicos;
VII. Las sociedades de inversión especializadas en fondos para el retiro que
administre y opere la sociedad que se creará en términos del presente
transitorio, no serán consideradas entidades paraestatales de la

Administración Pública Federal;
VIII. La Secretaría de la Función Pública y el órgano interno de control de la
sociedad que se creará en términos del presente transitorio, como excepción
a lo dispuesto en el artículo 37 de la Ley Orgánica de la Administración
Pública Federal y en la Ley Federal de las Entidades Paraestatales, sólo
tendrán competencia para realizar el control, evaluación y vigilancia de las
disposiciones administrativas que le sean aplicables sobre:
a) Presupuesto y responsabilidad hacendaría;
b) Contrataciones derivadas de las leyes de Adquisiciones,
Arrendamientos y Servicios del Sector Público y de Obras Públicas y
Servicios Relacionados con las Mismas;
e) Conservación, uso, destino, afectación, enajenación y baja de bienes
muebles e inmuebles;
d) Responsabilidades administrativas de servidores públicos, y
e) Transparencia y acceso a la información pública, conforme a las leyes
de la materia.
La Secretaría de la Función Pública y el órgano interno de control, como
excepción a lo previsto en el artículo 37 de la Ley Orgánica de la
Administración Pública Federal, no podrán realizar auditorías o
investigaciones encaminadas a revisar aspectos distintos a los señalados
expresamente en los incisos de esta fracción.
Asimismo, la Secretaría de la Función Pública y el órgano interno de control
no podrán ejercer, en ningún caso, las facultades en materia de control,
revisión, verificación, comprobación, evaluación y vigilancia que las
disposiciones jurídicas aplicables conceden a la Comisión Nacional del
Sistema de Ahorro para el Retiro, al Banco de México, a los órganos que
deban establecerse en cumplimiento de la normatividad emitida por dichas
instituciones, ni de las disposiciones jurídicas emitidas por las mismas, por el
consejo de administración o los órganos señalados;

IX. El consejo de administración de la sociedad que se creará en tém1inos del
presente transitorio, contará con la facultad de aprobar, con el voto de dos
terceras partes del número total de sus miembros, incluyendo por lo menos
a cuatro consejeros independientes, a propuesta del comité de recursos
humanos y desarrollo institucional, la estructura orgánica, tabuladores de
sueldos y prestaciones, así como la política salarial y de desempeño;
lineamientos de selección, reclutamiento, promociones y capacitación;
criterios de separación, así como las demás prestaciones económicas y de
seguridad social que se establezcan en beneficio de los servidores públicos
que laboren en dicha sociedad. Para efecto de lo anterior, el consejo y comité
mencionados deberán tomar en cuenta las condiciones del mercado laboral
imperante en el sistema financiero mexicano, el estado de las finanzas
públicas, la eficiencia y la sustentabilidad de la sociedad que se creará en
términos del presente transitorio.
El consejo de administración, así como los servidores públicos de la sociedad
que se creará en términos del presente transitorio, no podrán autorizar u
otorgar remuneraciones o cualquier otra prestación, a los servidores públicos
de la sociedad en términos y condiciones distintos a los aprobados por el
consejo de administración conforme al párrafo anterior, sujetándose a los
límites y erogaciones que se aprueben para dichos conceptos en el
Presupuesto de Egresos de la Federación.
La sociedad que se creará en términos del presente transitorio incluirá sus
tabuladores aprobados en su proyecto de presupuesto e informará sobre los
montos destinados al pago de remuneraciones y demás prestaciones al
rendir la Cuenta Pública.
El comité de recursos humanos y desarrollo institucional a que se refiere el
primer párrafo de esta fracción estará integrado por el Subsecretario de
Egresos, quien lo presidirá, el Subsecretario de Hacienda y Crédito Público y
el Subsecretario de Ingresos, todos de la Secretaría de Hacienda y Crédito
Público; un miembro del consejo de administración que tenga el carácter de
independiente y el director general de la sociedad que se creará en términos
del presente transitorio.

La Secretaría de Hacienda y Crédito Público establecerá, conforme a las
disposiciones jurídicas aplicables, criterios en materia de estructura
ocupacional, remuneraciones, movimientos salariales, percepciones
extraordinarias y prestaciones que deberán ser observados por el comité de
recursos humanos y desarrollo institucional. Asimismo, la sociedad
proporcionará a la Secretaría señalada la información relativa a recursos
humanos que solicite.
En ningún caso la estructura de política salarial de la sociedad podrá ser
contraria a las políticas en materia de eficiencia presupuesta! y
sustentabilidad de largo plazo;
X. En la contratación de los servicios de agentes promotores, la sociedad que
se creará en términos del presente transitorio no estará sujeta a la Ley de
Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público. Dichas
contrataciones deberán sujetarse a los lineamientos que apruebe el consejo
de administración y aprobarse por un comité especial que se integrará
conforme a lo establecido en dichos lineamientos, mismos que podrán prever
la participación de un testigo social;
XI. Las comisiones que cobre la sociedad que se creará en términos del presente
transitorio, se determinarán por su consejo de administración, conforme a lo
establecido en la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro.
La asamblea general ordinaria de accionistas, a propuesta del consejo de
administración, podrá ordenar que se reinvierta, en la proporción que dicho
consejo establezca, el remanente de operación en las Cuentas Individuales
que la sociedad administre, una vez satisfechos sus costos de
administración, necesidades de inversión y constitución de reservas;
XII. Con el fin de que no se interrumpan las operaciones y funciones que realizaba
el Fondo Nacional de Pensiones de los Trabajadores al Servicio del Estado,
la Secretaría de Hacienda y Crédito Público podrá dictar los lineamientos y
disposiciones de carácter general que estime necesarios para la
transferencia de los recursos humanos, financieros y materiales y la debida
ejecución de lo dispuesto en esta disposición transitoria;

XIII. La sociedad que se creará en términos del presente transitorio elaborará su
presupuesto asegurando que los costos de administración sean cubiertos
únicamente con el producto de las comisiones cobradas por.la administración
de las Cuentas Individuales, y
XIV. A partir de la entrada en vigor del presente Decreto, las menciones
contenidas en otras leyes, reglamentos y en cualquier disposición, respecto
del Fondo Nacional de Pensiones de los Trabajadores al Servicio del Estado
o PENSIONISSSTE, se entenderán referidas a la sociedad que se creará en
términos del presente transitorio.
TERCERO. Se derogan todas las disposiciones legales y reglamentarias que se
opongan a lo dispuesto en el presente Decreto.
CUARTO. La Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro contará con
un plazo de ciento ochenta días para adecuar su normatividad a lo dispuesto en el
presente Decreto.
QUINTO. Los recursos correspondientes a la Aportación del dos por ciento de retiro
de los Trabajadores que hayan optado por el régimen previsto en el Décimo
Transitorio del Decreto por el que se expide la Ley del Instituto de Seguridad y
Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado publicado el 31 de marzo de 2007
en el Diario Oficial de la Federación, continuarán depositándose en la Subcuenta de
ahorro para el retiro de las Cuentas Individuales de estos Trabajadores en términos
del Sexto Transitorio de este Decreto.
SEXTO. Los Trabajadores que optaron por el régimen previsto en el Décimo
Transitorio del Decreto por el que se expide la Ley del Instituto de Seguridad y
Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado publicado el 31 de marzo de 2007
en el Diario Oficial de la Federación, cuyos recursos correspondientes a la
aportación del dos por ciento de retiro, se encuentran en la Subcuenta de ahorro
para el retiro que administra el Fondo Nacional de Pensiones de los Trabajadores
al Servicio del Estado, conservan el derecho de elegir entre:
l. Mantener dichos recursos en la sociedad a que se refiere el Segundo
Transitorio de este Decreto, invertidos en créditos a cargo de Gobierno
Federal en el Banco de México;

11. Que estos recursos sean invertidos en las sociedades de inversión que opere
dicha sociedad, o
111. Que sean transferidos a la Administradora de su elección para ser invertidos
en las sociedades de inversión que opere ésta.
El mecanismo de elección y traspaso será establecido por la Comisión Nacional del
Sistema de Ahorro para el Retiro.

Reitero a Usted, Ciudadano Presidente, las seguridades de mi atenta y distinguida
consideración.
En la Ciudad de México, Distrito Federal, a siete de septiembre de dos mil quince.
EL PRESIDENTE DE LOS ESTADO UNIDOS MEXICANOS
ENRIQUE PEÑA NIETO

SOLO GOYA?? Y HUELUM?? Y TU?? YA TE VISTE??Y TU REPRESENTACIÓN SINDICAL?? DONDE ESTA??


MILES MARCHAN CONTRA REFORMA A PENSIONISSSTE; EL PLENO DE LOS DIPUTADOS DECIDE EL MARTES

ESCRITO POR BI EL . PUBLICADO EN POLÍTICA-NACIONAL
(SinEmbargo).– Miles de trabajadores del Estado, en su mayoría docentes y personal de escuelas y universidades, se manifestaron esta mañana afuera de la Cámara de Diputados contra la reforma al Pensionissste.
Tras la presión dentro y fuera del Congreso, durante una mesa de diálogo se acordó posponer la discusión de la reforma, con el fin de escuchar a los trabajadores, informó la fracción del Partido de la Revolución Democrática (PRD).
El Partido Revolucionario Institucional (PRI) pospuso el debate que se esperaba para este día para definir el destino de las pensiones de los trabajadores del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE), Pensionissste.
El Diputado tricolor, Jorge Carlos Ramírez Marín, aseguró que la discusión será el martes por decisión de César Camacho Quiróz, coordinador del PRI en la Cámara de Diputados y negó que su partido hubiera hecho oídos sordos a las modifcaciones propuestas por los partidos de oposición.
“El pensionissste recibió la atención de la comisión de parte de cada una da de las fracciones y en el caso de Nueva Alianza y el PRD se recibieron y mejoraron el dictamen. En nuestro opinión los argumentos que presentaron están salvados, pero más que nada la junta de coordinación política presidida por el licenciado Camacho del PRI determinó que el pensionissste se iba a discutir hasta el martes”, dijo.
Sin embargo, esta versión no concuerda con lo expuesto por los diputados federales que se opusieron ayer en la Comisión de Hacienda y Crédito Público a discutir la iniciativa de ley que pretende transformar el pensionissste de un afore a una empresa paraestatal, en la que la iniciativa privada pueda poseer hasta un 49 por ciento de las acciones.
Durante la reunión celebrada ayer por la tarde el diputado del Partido Movimiento de Regeneración Nacional (Morena), Juan Romero Tenorio, acusó que en ningún momento los directivos de la comisión compartieron con él el último borrador de la iniciativa. Sin embargo, la alianza del PRI, con el Partido de Acción Nacional y el Partido Verde Ecologista de México (PVEM) hizo que se diera lectura a la iniciativa, y finalmente fuera avalada dentro de la comisión.
Por su parte, cuando se le preguntó al presidente de la mesa directiva de la Cámara de Diputados, Jesús Zambrano Grijalva, sobre si la discusión de esta iniciativa podría posponerse hasta el próximo período legislativo el próximo 1 de febrero, este dijo:
“Siempre, está abierta la posibilidad para que se escuchen voces, o lo transcurren las deliberaciones o intercambios de valoraciones, y que se aplace el tiempo que sea suficiente”, dijo.
Sindicalistas se apersonaron en la entrada de San Lázaro. Foto: Luis Barrón, SinEmbargo.
Sindicalistas se apersonaron en la entrada de San Lázaro. Foto: Luis Barrón, SinEmbargo.
Hoy, diversos grupos sindicalistas se apersonaron para manifestar en la entrada de la Cámara de Diputados sobre la privatización que sufrirá el Pensionissste y los riesgos que esto conllevará para los trabajadores.
Los protestantes exigen a los legisladores echar abajo la reforma, la cual dicen, los dejará desprotegidos al ser arrebatadas sus pensiones, e incluso les quitará derechos laborales. ”Los diputados del PRI habían dicho, hace dos mitines, que esta discusión se iba a hacer el próximo año. Ahora quieren hacerla a lo rápido”, denunciaron.
“Esta legislación pretende beneficiar a pocos y afectar a muchos, que somos el sector trabajador. Nos quieren quitar lo que nos ha costado una vida de esfuerzo”, comentó un líder sindicalista durante el mitin.
Los legisladores perredistas comentaron que este dictamen pretende despojar de un futuro a los trabajadores. ”No vamos a permitir que el dinero de los trabajadores se vaya a la iniciativa privada”, anunciaron.
Representantes de sindicatos de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), del Instituto Politécnico Nacional (IPN), telefonistas, de escuelas del Estado de México y otras organizaciones han anunciado una posible “huelga en defensa de la seguridad social”.

El día de ayer, la Comisión de Hacienda y Crédito Público de la Cámara de Diputados aprobó, en medio de una discusión llena de tropiezos, la iniciativa para reformar el sistema Pensionissste con 22 votos a favor y siete en contra, y la turnó al Pleno para su discusión.
Pese a que los diputados federales del Partido Movimiento de Regeneración Nacional (Morena) y del PRD, acusaron que no había elementos de estudio suficientes para dar inicio a la votación ya que el tercer memorándum de la iniciativa fue entregado un par de horas antes del inicio de la reunión, el resto de partidos decidieron entrar a conocer la iniciativa.
El Pensionissste es la única Afore pública que hay en el país, en la que están inscritos alrededor de un millón 400 mil trabajadores. Que de acuerdo con diversos sindicatos, es la que cobra menos a los ahorradores y reparte más utilidades; en comparación con otras 12 que están en manos de entes financieros privados y con fines de lucro.
Actualmente, Pensionissste tiene un fondo de más de 119 millones de pesos, de más de un millón 464 mil trabajadores que tienen ahí sus cuentas. Entre los argumentos de esta iniciativa del Ejecutivo que ha presentado para inducir la Reforma están las restricciones administrativas, como todos los procesos de licitación; pues dicen que no tienen oficinas, presupuesto, personal; y, agregan, la figura actual no le permite ser una Afore dinámica, por lo que no puede crecer a la par de sus competidores, y que está en condiciones de desventaja.
Sin embargo, el prevenissste sigue siendo más competitivo que el promedio del mercado. La diputada Araceli Damián de Morena sostuvo que los más afectados si se llega a volver una paraestatal serán los jóvenes.
“Quienes están entrando a la carrera profesional o que entraron desde el 2007 al sistema de cuentas individuales, o bien todos aquellos, que entraron al Gobierno a partir de la nueva modificación [del 2007 cuando se formaron las cuentas individuaes], en el nuevo sistema de cuentas individuales, lo que uno sabe es la cuota definida de lo que tiene uno que aportar, pero uno no sabe al final de cuentas para cuanto le va alcanzar para su pensión”, dijo en entrevista a SinEmbargo.
Con la iniciativa del Ejecutivo Federal, aprobada la noche de este miércoles por la Comisión de Hacienda y Crédito Público de la Cámara Baja, se pretende que la Pensionissste se convierta en una empresa estatal de participación mayoritaria a partir del 1 de julio de 2016, lo que algunos califican como un intento por privatizar los fondos para el retiro de los trabajadores.
De acuerdo con la versión de los partidos que votaron a favor, el Pensionissste ya ha ido perdiendo capacidad de competencia conforme a los años ante el resto de Afores de capitales privados. Por lo que, aseguraran, que desincorporarlo del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) sería la mejor forma de elevar los montos de sus pensiones.
Datos refieren que el Pensionissste, si bien el beneficio del Afore ha ido disminuyendo, los más recientes trabajadores que se han sumado, comprendidos en el Siefore Básico 4, menores de 36 años, aún se encuentran dentro de fondos con rendimientos más altos que el promedio del mercado.

jueves, 3 de diciembre de 2015

Y TU SINDICATO APA?? !!!COMO EL ÜISKEY CAMINANDO TRANQUILAMENTE!!!

LO ESCRITO A ESTOS HIJOS DE SU MALAYA SU RAYA!!!!! LOGRAN SUS BAJOS INSTINTOS!!!!!
Por eso tanta dispersión de la ley a tanto infractor?? Como los últimos hechos?? El tal padres, el del pvem ley en cdmx??nuevo reglamento de tránsito?? corredores turísticos??!!! LEAN CUANTA PORQUERÍA HACEN BAJO LA MESA, EN LO OBSCURITO!
!!TRABAJADORES RIP!!!!
EN VERDAD QUE ES UNA PENA QUE TAMBIÉN LOS SINDICATOS ESTÉN  DE ACUERDO, POR SUS NULAS MANIFESTACIONES
AHORA SI COMO ALGUIEN ESCRIBIÓ!!!!

"ASÍ?? O MÁS CLARO HIJOS DE LA CHINGADA???
!!!SIGAN VOTANDO  POR SUS FLAMANTES REPRESENTANTES SINDICALES, HASTA LOS REELIGES!!! LOS VES PROTESTANDO? ANTE ESTOS EMBATES A LOS TRABAJADORES POR PARTE DEL GOBIERNO?? DEFIENDEN TUS INTERESES??
TRABAJADORES YA!! TRABAJADORES DESPIERTEN!!! DESPIERTEN!!! DESPIERTEN!!! PERO A LETRA DE YA!!

Pensionissste corre el riesgo de desaparecer.
Foto: Twitter/ISSSTEmx
  • La Comisión de Hacienda de la Cámara de Diputados aprueba separar Pensionissste del ISSSTE para que sea una empresa paraestatal que compita con el resto de las Afores en igualdad de condiciones
México, dic. 02, 2015.- Esta noche, la Comisión de Hacienda de la Cámara de Diputados aprobó la iniciativa del Ejecutivo federal por la que se separa al Pensionissste del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE), con el propósito de modernizarlo.

Iniciativa presentada el pasado 8 de septiembre junto con el paquete económico de 2016, que pretenden hacer de Pensionissste una empresa paraestatal, con personalidad jurídica, patrimonio propio y autonomía técnica y de gestión, para que compita con el resto de las Afores en igualdad de condiciones, ya que corre el riesgo de desaparecer.

Se argumenta en la iniciativa que de 2012 a 2014, 40 mil cuentas individuales migraron a otra afore, equivalentes a más de 51 mil millones de pesos, el 45 por ciento de los activos administrados por Pensionissste.

PRI, PAN, Partido Verde y Nueva Alianza votaron a favor del dictamen.

El diputado Miguel Ángel González, del PRI, dijo que "Pensionissste no se privatiza y se constituye a través de este decreto y con toda claridad, como una empresa paraestatal, y establece también claramente en su articulado que será propiedad del Estado mexicano como garantía de su no privatización, estamos a favor de este dictamen porque con estos cambios a la ley fortalecemos a Pensionissste".

PRD, Morena y Movimiento Ciudadano rechazaron la reforma luego de considerar un riesgo de privatización de la nueva empresa paraestatal que se pretende crear, al quedar sujeta a la Ley de Entidades Paraestatales.

La diputada Araceli Damián de MORENA, argumentó que "cuando alguna empresa de participación estatal mayoritaria no resulte conveniente conservarla como entidad paraestatal desde el punto de vista de la economía nacional o del interés público, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público propondrá al Ejecutivo Federal la enajenación de la participación estatal o en su caso su disolución o liquidación, lo anterior abre la puerta a la desaparición futura de la nueva sociedad que se pretende crear".

El dictamen fue aprobado por 22 votos a favor y siete en contra y turnado al Pleno de la Cámara de Diputados para su análisis.




En su lugar operará una paraestatal que estará bajo control de Hacienda
Consuman en la Cámara de Diputados la desaparición de Pensionissste
Aprueban dictamen PRI y cuatro partidos más; Morena y PRD: se entregan ahorros a privados
Roberto Garduño y Enrique Méndez
 
Periódico La Jornada
Jueves 3 de diciembre de 2015, p. 19
Anoche, el PRI obtuvo el respaldo de PAN, PVEM, Panal y Encuentro Social en la Comisión de Hacienda de la Cámara de Diputados, que aprobó la desaparición del Fondo Nacional de Pensiones de los Trabajadores al Servicio del Estado (Pensionissste), para constituir una paraestatal que estará bajo el control de la Secretaría de Hacienda.
Aun cuando el lunes el PRI ofreció constituir una entidad pública para evitar que parte del capital sea entregada a una Afore privada y darle autonomía de gestión, ayer en el dictamen aprobado por esa bancada y sus aliados se decidió lo contrario, y la empresa quedará sujeta a la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.
Sin discusión, el tricolor se impuso en la sesión de la comisión, en la que PRD y Morena expresaron rechazo ala entrega del ahorro de los trabajadores del Estado a manos privadas.
Voto en contra
Morena presentó un voto particular contra la propuesta del presidente Enrique Peña Nieto, porque expone a la incertidumbre el futuro del ahorro de los trabajadores del sector público y rompe con una experiencia de administración del ahorro para el retiro, que representa un factor de competencia en el mercado de fondos de ahorro que no se debe perder.
El PRD había acordado por la tarde votar contra el dictamen, luego de que el PRI intentó obtener el respaldo de los perredistas a cambio de su aval a la reforma política para el Distrito Federal.
La negociación que había emprendido el vicecoordinador del PRD, Guadalupe Acosta Naranjo –quien pacta una coalición con el PAN que lo haga candidato en Nayarit, y al que ayer se vio en las oficinas del PRI para ofrecer el intercambio–, fue descalificada por el pleno de la bancada.
En un comunicado, el PRD expresó que el dictamen tiene como único fin privatizar el sistema de pensiones que actualmente administraPensionissste.
La reforma, expuso, va en perjuicio de los intereses de los trabajadores del Estado y sus familias, y justificó que ese partido no atentará en contra de miles de trabajadores que se verán severamente lastimados con las modificaciones que plantea el Ejecutivo y buscan entregar al capital privado el dinero público del fondo de pensiones.
Ante esa postura, el tricolordecidió retirar las ofertas que había hecho el lunes. Mantuvo la disposición de que el Estado no responderá por las minusvalías de los fondos de inversión, aunque en un agregado definió que éstemantendrá en todo tiempo la totalidad de la propiedad de la sociedad.
Diputados de Morena, a quienes Jorge Estefan Chidiac (PRI) intentó callar, expresaron que la prisa por aprobar el dictamen sin cumplir las formas que exige el reglamento se debe a la voracidad de los organismos financieros y a la complicidad de PRI y PAN.
Javier Herrera Borunda (PVEM) –hijo del cónsul en Barcelona, Fidel Herrera Beltrán–, aseguró que la reforma tiene como finproteger a los trabajadores y al sistema de pensiones.