martes, 17 de mayo de 2016

!!! SOLO PARA TRABAJADORES ACTIVOS !!!!

                                                                    !!PA KE TE LOIGAS!!!

 !!Y QUE NO TE DIGAN QUE NO TE CUENTEN,,,,,,,,!!!! LO PRIMERO UNA VEZ MAS QUEDA DEMOSTRADO LA GRAN FUERZA DE LOS TRABAJADORES CUANDO SE UNEN, A PESAR DE QUE ASISTIERON POCOS PERO CON MUCHOS WBS, LOGRARON UN GRAN PERO ENORME TRIUNFO.
UN GRAN RECONOCIMIENTO PARA TODOS ELLOS PUES DEMOSTRARON QUE AÚN EXISTE MORAL LABORAL Y SINDICAL, ESCUCHEN COMO DAN MARCHA ATRÁS A NEFASTA IDEA DE SER ETERNOS EN EL SINDICATO.
BRAVO POR TODOS ELLOS. ESTOS SON LOS MAGNÍFICOS RESULTADOS OBTENIDOS, MUCHAS PERO MUCHAS FELICIDADES A TODOS
ELLOS. !!!TRABAJADOR UNIDO JAMAS SERA VENCIDO!!!
OJALA QUE ESTO LES SIRVA COMO EJEMPLO A TODOS ESOS ESCÉPTICOS QUE PREGUNTARON VALDRÁ LA PENA??? ADEMÁS SE DICEN REPRESENTANTES DE LOS TRABAJADORES, FUERA A TODOS ESTOS PARÁSITOS Y DINOSAURIOS DEL SINDICALISMO !!!
!!TAMBIÉN SE VALE!!!  PARA LA GRAN MAYORÍA QUE SE QUEDARON EN CASA Y CRUZADOS DE BRAZOS !!! LA PORRA LES SALUDA !!!
!!! OIDO MUCHO OÍDO !!!
PARA QUE PUEDAS ESCUCHAR EL AUDIO DALE  CLIC DERECHO Y ABRE EL ENLACE EN UNA NUEVA PESTAÑA

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!!MAS DE CORRUPCION Y !! PA KE TE OLVIDES !! DE TUS DEMANDAS!!!


!!!! PA KE  TE NTERES  !!!!
!! LEES DONDE ESTAN NUESTRAS DEMANDAS ??
Favorecen a los sindicatos de protección, señalan gremios, abogados y académicos
Juntas de conciliación y arbitraje: otrora guías del trabajador, ahora sonindefendibles
La UNT demanda desaparecer esas instancias ante elbrutal predominio patronal
Patricia Muñoz Ríos
 
Periódico La Jornada
Martes 17 de mayo de 2016, p. 12
Los cacicazgos sindicales y empresariales asentados en el país impulsan y alimentan la corrupción y malos manejos en las juntas de conciliación y arbitraje de los estados de la República, las cuales incumplen con la Ley Federal del Trabajo (LFT). En tanto que la capitalina y la federal respetan sólo parcialmente la normativa instaurada en la última reforma laboral.
Así, las juntas perdieron su función tutelar de los derechos de los trabajadores, y se han caracterizado por su falta de imparcialidad, su dependencia del Poder Ejecutivo federal y los locales; la ineficacia en la impartición de justicia, y por haberse convertido en espacios de simulación, advirtieron centrales obreras e independientes, abogados laboralistas y trabajadores de gremios afectados en juicios.
La Asociación Nacional de Abogados Democráticos (ANAD), investigadores y cate­dráticos de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), la Nueva Central de Trabajadores (NCT) y la Unión Nacional de Trabajadores (UNT) coinciden en el diagnóstico: estas instancias son indefendibles. La ANAD puntualizó que las juntas de los 32 estados de la República ocultan información a los trabajadores, no cumplen con la obligación de dar a conocer los nombres de los dirigentes y comités sindicales; ni los contratos colectivos, para favorecer a los sindicatos de protección.
Mientras, la junta federal tiene rezagados como 230 mil juicios, según advirtieron.
En tanto, trabajadores de diversos gremios denunciaron que las juntas están llenas decoyotes, que sólo con dinero caminan los juicios, y que en estas instancias lo que manda es el dinero y el poder los patrones. Hablaron, con sus demandas en la mano, de que en los procesos las empresas hacen lo que quieren en estos tribunales.
Ofrecieron ejemplos: la empresa Teksid, de Monclova, Coahuila, que produce cabezas de motor para la firma automovilística italiana Fiat, por ley le corresponde la junta federal; sin embargo, llevó todos sus asuntos laborales y se arregla en la junta de Monclova, lo que es ilegal, pero se lo permiten.
Algo similar plantean los trabajadores de Gunderson, empresa fabricante de carros de ferrocarril; también le corresponde la junta federal, pero sin importar lo que ordena la normativa, sus conflictos también los llevó al tribunal laboral de Monclova. Lo mismo hace la empresa Pytco. Otras son WSD-Doors, de Hidalgo, que es una empresa metalúrgica, y Servicios Mineros de San Pedro, las cuales son de jurisdicción federal; sin embargo, con la complacencia de las autoridades, logran sacar todos sus conflictos laborales en los estados.
“Las juntas desde hace 20 años se han convertido en algo terrible, con una corrupción y parcialidad en favor de la patronal sin ningún pudor; son indefendibles, señala el abogado Óscar Alzaga. Aclara que la reforma laboral de 2012, según los artículos 364 y 365 bis, obliga a estas instancias a que informen sobre las tomas de nota, pa­drones sindicales, contenido de los contratos, y en ninguna junta de todo el país se cumple esto. Existe un ocultamiento de información que favorece a los caciques patronales y sindicales.
En el mismo sentido, María Xelhuantzi López, catedrática y doctora en ciencia política de la UNAM, en un informe que elaboró para la organización Friedrich Ebert, precisa que los tribunales laborales locales históricamente han sido bastiones de poder y de control de los gobernadores y los grupos regionales de poder económico y político, desde donde se apoya y se promueve a diversas confederaciones sindicales y algunos dirigentes cercanos al poder.
La Unión Nacional de Trabajadores, por su parte, expuso en un pronunciamiento conjunto que el sector obrero ha demandado la desaparición de las juntas, en las que el predominio patronal es brutaly la nula impartición de justicia. El gobierno y los patrones se sirven de ellas.
En tanto, la Nueva Central de Trabajadores indicó que se precisan de tribunales de lo laboral realmente autónomos y no supeditados al poder, y consideró que la propuesta del jefe del Ejecutivo para desaparecerlas no es suficiente, se requieren cambios de fondo al tratamiento de los conflictos laborales.
Incluso el dirigente de la Confederación Revolucionaria de Obreros y Campesinos, Isaías González Cuevas, expuso que elcoyotismo se comió estos tribunales y que éstos ya cumplieron su ciclo, sobre todo porque se convirtieron en espacios de corrupción y discrecionalidad, donde, por ejemplo, la junta federal tiene unos 230 mil expedientes rezagados.

sábado, 14 de mayo de 2016

!!! SOLO Y NADA MÁS QUE SOLO PARA VIUDOS ECHALE UNA LEÍDITA !!!

!!!! MÁS MUCHO MÁS PA KTE NTERES! !!!!
!!!!! MERECE UNA LEÍDITA! !!!!! PA KE NO TENGAŃEN !!!

¿Quedaste viudo?
Puedes pedir pensión

Por desconocimiento, muchos hombres no solicitan pensión si su esposa fallece y estaba afiliada al IMSS o ISSSTE, pero de acuerdo con el Artículo 152 de la Ley del Seguro Social, los viudos podrán reclamar este beneficio.
Karla Rodríguez
 21.04.2016 Última actualización 22.04.2016

padre
En México apenas el 4 y 11 por ciento de las pensiones derivadas del IMSS y del ISSSTE, respectivamente pertenecen a viudos. (Cuartoscuro)
Si quedó viudo y su esposa fue pensionada del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) o del Instituto de Seguridad Social de los Trabajadores del Estado (ISSSTE), usted puede reclamar este beneficio, de acuerdo con el Artículo 152 de la Ley del Seguro Social.

“La misma pensión le corresponderá al viudo que estuviese totalmente incapacitado y que hubiese dependido económicamente de la trabajadora”, indica la Ley.

En México apenas el 4 y 11 por ciento de las pensiones derivadas del IMSS y del ISSSTE, respectivamente pertenecen a viudos, debido a que por desconocimiento o rechazo de estos institutos, los hombres no suelen obtener el beneficio, pese a tener derecho a poseerlo.

Ivan Navarro, del Centro de Defensoría en Seguridad Social (Cendet) explicó que muchos hombres desconocen que tienen el mismo derecho que las mujeres para reclamar pensión en caso de viudez. “Sólo deben acreditar ser el esposo legítimo de la trabajadora y que la extinta tenía vigentes sus derechos; ya no es necesario acreditar que existe un estado de invalidez por parte del viudo y que existía una dependencia económica”.

Afirmó que pese a que la Ley establecía que los viudos debían acreditar dependencia económica e invalidez para reclamar la pensión, desde 2005 varios tribunales especializados consideraron que el Artículo 152 de la legislación violaba la garantía de igualdad y no discriminación al no pedir lo mismo a las viudas, por lo que ahora quienes no cumplan con estos requisitos pueden probar en un juicio que son los legítimos beneficiarios.
FOCOS
Costos. Hay gestores de pensiones que cobran de 4 mil a 10 mil pesos por arreglar estos casos, que en algunas ocasiones son obstaculizados por el IMSS e ISSSTE.

Apoyo. La Encuesta Nacional de Empleo y Seguridad Social indica que 96 y 89% de beneficiados indirectos en México del IMSS y del ISSSTE en cada caso, son viudas que reclamaron la pensión derivada.

Atención. El Cendet atiende diario de 20 a 25 casos con diferentes problemáticas relacionadas con el pago de pensión.

Agregó que pese a que los tribunales laborales se han pronunciado a través de diversas tesis jurisprudenciales que los hombres viudos tiene derecho a la pensión de viudez sólo por ser esposos de la trabajadora, los institutos, en especial el IMSS los obligan en muchos casos a agotar el juicio en la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje (JFCA).

La reclamación de pensión, es un derecho inextinguible. “Lo puede hacer al momento de quedarse viudo, o en un año o más”, dijo Navarro.
Anotó que el pago tiene retroactividad de un año, “más el tiempo que tome el juicio”.

Gabriel Aranda, coordinador de Seguridad Social de Leader People Corporativo señaló que los viudos enfrentan además el estigma de aceptar que dependían económicamente de sus esposas fallecidas
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viernes, 13 de mayo de 2016

!!! CUANDO EL RÍO SUENA ES P..,,,,,........!! VA DE NUEZ !!!

!!! POR ARRIBA POR A BAJO POR TODOS LADOS UNA CHING..... NUEVAMENTE A  JUBILADOS!!! EN FIN LEE LO! !!!

Faltan recursos en pensiones de corporativos

De acuerdo con la Consar, las empresas privadas enfrentan problemas para cumplir con las pensiones que prometen a sus empleados, situación que también enfrenta al sector público.
Yuridia Torres
 12:01 AM Última actualización 05:00 AM

Pensiones.
El sistema de pensiones de Bimbo cuenta con recursos suficientes. (El Financiero)
El problema en pasivos pensionarios no sólo los enfrentan las universidades, el Instituto Mexicano del Seguro Social o las dependencias de gobierno, también existe insuficiencia de dinero en sector privado para cumplir con las pensiones que prometen a sus trabajadores.

De mil 673 planes de pensiones corporativos de beneficio definido que operan en el país, sólo 250 tienen recursos suficientes para pagar las obligaciones prometidas a sus trabajadores.

En 275 planes tienen fondos, pero son insuficientes y el resto manifiesta tener un fondo con recursos menores al monto de sus obligaciones, según datos de la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro (Consar).

PASIVOS SON MAYORES


Hasta mediados de 2015 el monto de las obligaciones, sólo por los planes de beneficio definido, se ubicó en 515 mil 567 millones de pesos, por debajo de los recursos que administran todos los fondos, que incluye también a los de contribución definida y mixtos, con 504 mil 292 millones de pesos y deben cubrir a 1 millón 380 mil trabajadores.

Bimbo, Herdez, Bachoco, Sigma Alimentos, Televisa, Arca Continental y Kimberly-Clark, son algunas de las compañías que tienen planes privados de pensiones, de estas, salvo Bimbo, reportan recursos inferiores a las obligaciones registradas ante sus trabajadores, según sus estados financieros.

Atonio Antonio Valencia, director de operaciones de Vitalis, explicó que en México no existe una ley que obligue a los corporativos a fondear sus planes de retiro y por esta situación muchos se encuentran sin fondeo.

“Es recomendable que estén fondeados, pero el que no lo estén no significa que la empresa no cumplirá con sus obligaciones, porque algo que puede suceder, es que si un empleado llega a la edad de retiro y no hay dinero en el fondo, la empresa podrá sacar de su chequera y pagarle al trabajador”, dijo

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!!! NUEVA REFRIEGA VS JUBILADOS Y PENSIONADOS! ! NO LA CHIFLEN QUE ES,,,,,,,!!!!

!!! HASTA CUANDO PERMITIREMOS MÁS DE LO MISMO? ??
!!!! COMO NO SIEMPRE !!! JUBILADOS  !!!             MENTIROSOS !!!
! !!! LENGUAS VIPERINAS !!!! CHEQUEN LEAN !!!
Denuncian saqueo de los recursos de los pensionados
Los fondos fueron invertidos en desarrollos inmobiliarios de alto riesgo.
ViernesPatricia Romo
13 05 16
Guadalajara, Jal. Ante el presunto “manejo inadecuado” de los ahorros de los trabajadores por parte del Instituto de Pensiones del Estado de Jalisco (IPEJAL), la Federación General de Trabajadores del Estado y sus Municipios (FGTEM) realizará una movilización el próximo 24 de mayo.
Cuauhtémoc Peña Cortés, dirigente de la FGTEM, denunció que la actual Ley de Pensiones, vigente desde 2009, dejó en la indefensión a los trabajadores al permitir “saquear” los fondos que pertenecen a 117,000 burócratas, e invertirlos en proyectos que, según dijo, benefician solo a algunos empresarios.
“La Ley del Instituto de Pensiones del Estado, aprobada el 27 de noviembre del 2009, fue elaborada con el objetivo de saquear los fondos pensionarios de los servidores públicos, diseñada para darle facultades absolutas al presidente del consejo de Administración nombrado por el gobernador, sin contrapesos”, subrayó el dirigente sindical.
Al detallar las demandas del sector al Poder Legislativo, Peña Cortés indicó: “Lo primero que pedimos es que el consejo de Administración se democratice, que los tres poderes del Estado y los municipios nombren representantes, que haya representación patronal y de los trabajadores; que quien tenga la representación mayoritaria proponga a los consejeros”.

Tres desarrollos

Los trabajadores pedirán asimismo que el Congreso intervenga cuando se tomen decisiones de inversión de alto riesgo como el capital de 344 millones de pesos que se invirtió en las Villas Panamericanas porque, dijo, el consejo de Administración no tiene contrapesos.
Otro de los desarrollos inmobiliarios cuestionados es el de Chalacatepec, en las playas de Costalegre, donde IPEJAL invirtió 1,333 millones de pesos pero en terrenos ejidales y en un proyecto que no contaba, dijo, con estudios de impacto ambiental.
Por su parte, el secretario General de Gobierno, Roberto López Lara, aseguró que se trata de acusaciones “sin fundamento” y exigió que el sindicato presente las pruebas correspondientes.
“Para hacer señalamientos hay que tener pruebas y no tienen las pruebas correspondientes, más que dichos”, puntualizó.

miércoles, 4 de mayo de 2016

!!! TIENES QUE SABER Y PREPARARTE QUE NO TE SORPRENDAN! !!!

!!!LEAN PORQUE TENEMOS QUE ESTAR EN PLENA ALERTA!!

IMSS analiza pensiones de un millón de personas por fallo de la SCJN

Un millón de asegurados por parte del IMSS podrían ser afectados en el monto final de su pensión por una orden de la SCJN sobre el límite de éstas a 10 salarios mínimos, puesto que son trabajadores que cotizan en un rango salarial de entre 10 y 25 salarios.
Zenyazen Flores
 18.04.2016 Última actualización19.04.2016
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IMSS
El IMSS revisa el monto de pensiones de cerca de un millón de asegurados. (Cuartoscuro)
El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) cumplirá la jurisprudencia de la Corte sobre el límite de pensiones a 10 salarios mínimos, equivalente a 21 mil pesos, pero aclara que esta medida sólo aplicará –por ahora- para los tribunales y juzgados que tengan que resolver juicios con reclamos de pensiones a 25 salarios mínimos de los trabajadores que cotizaron en el régimen de transición.

Sin embargo, en caso que el IMSS decida adoptar la jurisprudencia de manera general y su aplicación no quede limitada a quienes acudan a los tribunales y juzgados para inconformarse con el monto de su pensión, resultarían afectados alrededor de un millón de trabajadores que cotizan con más de 10 salarios mínimos.

Datos del IMSS muestran que la generación en transición, la cual está conformada por los trabajadores inscritos en el régimen de 1973 pero que tienen la opción de pensionarse con la nueva Ley del Seguro Social(LSS) vigente a partir del 1 de julio de 1997, asciende a 26 millones de asegurados.
de 1973
El millón de asegurados que podrían ser afectados en el monto final de su pensión, son trabajadores que cotizan en un rango salarial de más de 10 y hasta 25 salarios mínimos y que estaban trabajando al 1 de julio de 1997 conforme al sistema anterior y continuaron después de esa fecha laborando conforme la nueva LSS.

Los trabajadores de la generación en transición deben verificar el rango con el que están cotizando para efecto de la cuantificación de su pensión.

También debe considerarse que puede haber casos de trabajadores que iniciaron cotizando con menos de 10 salarios mínimos pero que en algún momento de su vida laboral escalaron a más de esta cantidad.
Mikel Arriola, director general del IMSS, señaló que el instituto tiene clara la especificidad de la jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), por lo que no tiene facultades para ampliar el alcance de la resolución ni para reducir sus efectos, de tal manera que la jurisprudencia se aplicará a litigios que reclamen pensiones con un límite de 25 salarios mínimos.

“No tiene por qué afectar de ninguna manera los derechos de los demás derechohabientes (…) Sólo es para esta generación en el caso que lo tengamos que cumplir por virtud de un litigio”, dijo el funcionario a El Financiero en una entrevista al término de la inauguración del Foro Regional de la Seguridad Social para las Américas.

¿CÓMO SURGIÓ LA JURISPRUDENCIA?
El IMSS promovió un juicio ‘de contradicción de tesis’ porque encontró que dos juzgados resolvieron diferente en cuanto al tope salarial que se debe contar para efecto de cuantificar las pensiones de la generación de transición.

De forma textual la jurisprudencia de la Corte suscribe: Al resolver la Junta sobre el ajuste en la cuantificación de su pago, debe atender el límite superior previsto en el párrafo segundo del Artículo 33 de la LSS vigente hasta el 30 de junio de 1997 (10 veces el SMGVDF), sin que represente obstáculo alguno que el demandado no se hubiere excepcionado en ese sentido.

¿CUÁL ES EL PROBLEMA?
A pregunta expresa sobre si se puede afirmar que están garantizadas las pensiones con límite a 25 salarios, Gerardo López, consultor y académico de las universidades Panamericana y Anáhuac sostuvo que “no podemos afirmarlo, al contrario ese es justo el escenario que el instituto va a revisar. Al día de hoy diría que la jurisprudencia es muy clara y que señala un camino de limitar a 10 salarios mínimos las pensiones, pero sólo las autoridades en la vía administrativa van a poder modificar”.

Pedro Vásquez Colmenares, director de Marpex Consultores dijo que la jurisprudencia es sólo para los trabajadores que tienen derecho a optar entre la Ley de 1973 y la Ley de 1997, “sólo a esos trabajadores que son la generación en transición aplicará, si ya están pensionados trabajadores de esa generación y el IMSS los pensionó con 25 salarios, es derecho adquirido”

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lunes, 2 de mayo de 2016

!!!SEGUNDA PARTE LABONOVELA FAVORITA DE PAKE NTERES TIENES QUE LEERLO!!!

!!LO ULTIMO DE EL DIA DEL TRABAJO, SERA POSIBLE ESTA INICIATIVA???
NO DEJES DE LEER A LA MISMA HORA Y EN EL,,,,,,,,LA LABONOVELA!!!

SE ABRE NUEVO CAPÍTULO LABORAL
Fin a era de cuatro décadas: abogados
Quitar juntas de conciliación y arbitraje, final de régimen corporativo-laboral, opinan.
MARÍA DEL PILAR MARTÍNEZ
MAY 1, 2016 |
23:49


El Artículo 123 tendrá la más importante modificación de los últimos 40 años, ello como parte de las modificaciones a la Constitución propuestas por el Ejecutivo Federal en la aplicación de la justicia laboral, que de aprobarse traería una nueva forma en las relaciones laborales.
De acuerdo con abogados laborales, esta iniciativa será “el cambio más importante Constitucional que tenga el Artículo 123 desde hace más de cuatro décadas”, refirió Oscar de la Vega, del despacho De la Vega & Martínez Rojas.
Arturo Alcalde Justiniani expuso que “de aprobarse, se podrá iniciar el cambio del sistema de relaciones laborales en su conjunto, al desaparecer las juntas de conciliación y arbitraje, instancias tripartitas que sostuvieron un régimen corporativo-estatista que impidió el libre ejercicio de los derechos colectivos fundamentales de los trabajadores mexicanos”.
Parte de esos obstáculos que se viven en la justicia laboral cotidiana es el tema de la industria del laudo, donde se provocan despidos injustificados o despidos justificados de una parte o de otra; presentar peritos no acreditados con la idea de alargar procedimientos; el presentar testigos falsos en las juntas por cualquiera de las partes y que no tiene consecuencias, y que se ventilen asuntos que son estrictamente administrativos y no laborales.
De la Vega comentó que otro aspecto que representa un cambio importante es terminar con los llamados contratos de protección o no activos que han sido la consecuencia de emplazamientos a huelga que no están legitimados por la voluntad de los trabajadores y por el contrario son prácticas de extorsión en contra principalmente de la pequeña y mediana empresa, derivados de la disposición legal que no obliga a un sindicato emplazante a justificar que cuenta con la voluntad de los trabajadores para exigir la celebración del contrato.

Cambios trascendentales

De acuerdo con la iniciativa, se propone en principio reformar el Artículo 123 constitucional desapareciendo las juntas de conciliación y arbitraje, al ser sustituidas por órganos del Poder Judicial federal o local, según la competencia, actualmente vinculadas a la Secretaría del Trabajo y Previsión Social.
Se crea un organismo descentralizado de carácter federal, que a escala nacional tendrá las facultades de registrar a los sindicatos y los contratos colectivos de todo el país; “en otras palabras, se federalizan estas materias y se suprime el poder que tenían el Poder Ejecutivo federal y los locales para ejercer control sobre ellos”, dijo Alcalde Justiniani.
Como tercer cambio propuesto, se introduce en la Constitución un nuevo principio denominado libertad de contratación colectiva, que ostenta el fin de garantizar la representatividad de las organizaciones sindicales y la certeza en la firma, registro y depósito de los contratos colectivos
Y, finalmente, se eleva a rango constitucional el voto personal, libre y secreto de los trabajadores para la elección de sus dirigentes y la resolución de los conflictos entre sindicatos.
La iniciativa gubernamental para reformar las directrices de justicia laboral tiene como propósito agilizar el trámite de juicios y la resolución de los mismos.Gobiernos locales debaten ajustes a justicia laboral
MARÍA DEL PILAR MARTÍNEZ
FEB 9, 2016 |
23:32


Navarrete Prida, en la inauguración de las conferencias nacionales de STPS y de las Juntas de Conciliación. Foto: Notimex
La secretaría del Trabajo y Previsión Social realiza trabajos conjuntos con la Conferencia Nacional de Secretarios del Trabajo (Conasetra) y la Conferencia Nacional de Juntas de Conciliación y Arbitraje, para analizar las diversas problemáticas en materia de trabajo, cuyos resultados permitirán impulsar cambios normativos para dar una mejor solución a los conflictos laborales, centrándose en la justicia laboral y el salario mínimo.
De acuerdo con el secretario del Trabajo, Alfonso Navarrete Prida, la desindexación del salario, reforma constitucional recientemente aprobada, no representa la solución para iniciar con el proceso de la recuperación salarial, hacen falta encontrar las fórmulas que permitan recuperar e incrementar el ingreso de los trabajadores en el país.
“El reto de aumentar los ingresos y el poder adquisitivo es mayor, no es meramente un acto de voluntad política (...) No va a poder ser por decreto, ojalá que pudiéramos hacerlo así, aumentar 200 pesos, 300 pesos, pero eso no funciona en nuestro mercado laboral; simplemente los patrones no podrían cubrir esos incrementos, que son una carga adicional, y el gobierno tampoco lo hará”.
Navarrete Prida recordó que aquellos países que han aumentado por decreto el salario mínimo crecieron en la misma proporción en su tasa de incumplimiento.
El encargado de la política laboral del país se refirió a hacer una realidad la justicia cotidiana, pero también de no poder repetir la negra historia de subir los salarios por decreto, al recordar que cuando eso se hizo, el poder adquisitivo se perdió en 32% y la inflación alcanzó 160%, porque esto no se inventa. Asimismo, mencionó que entre los retos para la justicia laboral que serán discutidos en la conferencia se encuentran el uso inadecuado de la conciliación, casos de despido injustificados que simulan una renuncia y falsedad de declaraciones en juicios, abusos en el principio de oralidad, en la presentación de pruebas y en el juicio de amparo.
A lo anterior se suman los casos de extorsión o emplazamientos a huelga por la firma de contratos colectivos de trabajo, o contratos de protección. Asimismo la falta de conciliación en casos que involucran a entidades públicas, criterios distintos entre juntas y salas son temas que deberán incluirse en la reforma al sistema de justicia laboral. En tanto, la presidenta de la Comisión de Trabajo de la Cámara de Diputados, Georgina Zapata, informó que ya se instaló en la Cámara de Diputados el Consejo Técnico para ver si con sólo la desindexación del salario mínimo es posible iniciar un proceso de recuperación salarial.